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Detalló que la práctica de compra de votos implica violentar el derecho al ejercicio del libre sufragio, un segundo argumento refiere a que también se viola la primera obligación que por ley tienen los partidos políticos de conducirse apegados a la legalidad y respetar los derechos de los otros partidos y de los ciudadanos.
“El IFE tiene la facultad de sancionar este hecho como falta administrativa, con una multa, y para ello tiene dos vías: hacerlo por oficio, al tener conocimiento de una presunta violación o mediante la queja que inicia un partido aportando elementos de prueba” afirmó Santiago Castillo
Consideró que los consejeros del IFE realizaron una interpretación restrictiva de este hecho “porque la compra de votos no está establecida expresamente como una falta que puedan cometer los partidos políticos.
“Los consejeros realizaron una interpretación gramatical de esta disposición, pero si hacemos una interpretación sistemática es claro que el IFE tiene amplias facultades para investigar y en su caso sancionar a quienes cometan infracciones del código electoral” subrayo el académico de la UAM.
Entre los escenarios a futuro, planteó que los consejeros electorales se mantengan en la posición de que no pueden investigar como falta administrativa la compra del voto o que lo reflexionen sistemáticamente y lleguen a la conclusión de que se precipitaron al dar una opinión de esta naturaleza.
Santiago Castillo refirió que en la hipótesis de que se demuestre que hubo compra de votos, dependiendo de la magnitud de que ésta haya sido, el IFE establecerá una multa a los responsables, ya que es lo máxima acción que puede hacer el IFE.
En el caso de que se investigue en tiempo, el resultado podría ser turnado al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) como elemento de prueba y éste valorará si dicha compra de votos es suficiente o no para cambiar el sentido de la votación.
Sin embargo, reconoció que probar la compra de millones de votos es un asunto muy completo, ya que se tendría que comprobar la compra de cada sufragio.
Esta complejidad no implica que no se deba investigar, “la autoridad está obligada a investigar y lo que encuentre sancionarlo, o absolver si no encuentra elementos” concluyó Santiago Castillo.
(Con información de Notimex)
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