sábado, 14 de marzo de 2009

Comentario sobre los sueldos de los consejeros electorales

Si bien es cierto que las críticas lograron que los Consejeros Electorales dieran marcha atrás en su muy exagerado incremento salarial, también es cierto que no muchos habíamos leído el Artículo 41 de nuestra Constitución Política, del que subrayo lo siguiente para conociendo de todos:
(…. EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL SERA AUTORIDAD EN LA MATERIA, INDEPENDIENTE EN SUS DECISIONES Y FUNCIONAMIENTO Y PROFESIONAL EN SU DESEMPEÑO…
EL CONSEJERO PRESIDENTE DURARA EN SU CARGO SEIS AÑOS Y PODRA SER REELECTO UNA SOLA VEZ…. LOS CONSEJEROS ELECTORALES DURARAN EN SU CARGO NUEVE AÑOS, SERAN RENOVADOS EN FORMA ESCALONADA Y NO PODRAN SER REELECTOS…..
EL CONSEJERO PRESIDENTE Y LOS CONSEJEROS ELECTORALES NO PODRAN TENER OTRO EMPLEO, CARGO O COMISION, CON EXCEPCION DE AQUELLOS EN QUE ACTUEN EN REPRESENTACION DEL CONSEJO GENERAL Y DE LOS QUE DESEMPEÑEN EN ASOCIACIONES DOCENTES, CIENTIFICAS, CULTURALES, DE INVESTIGACION O DE BENEFICENCIA, NO REMUNERADOS. LA RETRIBUCION QUE PERCIBAN SERA IGUAL A LA PREVISTA PARA LOS MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION.

Que nosotros no lo hayamos visto antes, es comprensible… pero, que a nuestros legisladores se les haya pasado siendo que es lo único que hacen…. ¡Qué bárbaros! ¿Quién tiene más culpa?
Por cierto, ¿ya nuestros legisladores locales y federales le han dicho cuáles son sus iniciativas presentadas? Porque no hemos visto informes de un trabajo que nos beneficie…. Y eso nos está indicando que no siempre los candidatos que llevamos a representarnos, nos benefician con su trabajo.

Antonio Avilés Ruiz

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